La juez titular del juzgado número 3 de Blanes ha admitido a trámite la querella que presentó el pasado mes de agosto el Partido Democrático de Blanes y Josep Ridaura Baltrons, contra el alcalde de Blanes, Josep Marigó, y el interventor municipal, Francisco Lucio.
La juez ve en las conductas descritas por los querellantes indicios de que podrían haber incurrido en delitos contra la ordenación del territorio y tráfico de influencia.
Según el auto emitido por la juez, antes de pronunciarse sobre la admisión o inadmisión de la querella pidió al fiscal que emitiese un «informe sucinto de la evolución y finalización del expediente (…) abierto por el Ministerio Público».
Porque, conviene recordar que los querellantes aportaron en primer lugar abundante documentación al fiscal, para que investigase la posible existencia de delitos. El fiscal se ratificó en un informe que llegó al juzgado el pasado 21 de octubre que los querellados no habían cometido delito y que procede archivar el expediente.
Sin embargo, la juez no ha compartido este criterio y ha admitido a trámite la querella.
En el auto, la juez indica que «la parte denunciante sostiene que por orden de los querellados se habría dejado de recaudar el IBI correspondiente a varios inmuebles (…) así como otros impuestos y tasas», que se corresponde con el delito de tráfico de influencia. En otro párrafo sostiene que «habrían concedido de forma ilícita y contra el plan urbanístico municipal vigente, licencia de construcción de edificio en calle Santa Bárbara número 5 y en calle Darrera l’Església» (delito urbanístico). Esto hechos habrían entre 2003 y 2007.
Por último, la juez requiere al fiscal «a fin de complementar la documental con la que hasta la fecha se dispone» que aporte una serie de documentos. Así, solicita la documentación del bloque de pisos de la calle Sana Bárbara que dio lar a un procedimiento contencioso administrativo sobre el que se pronunció el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya. El alto tribunal admitió que no hay que derrocar el edificio, como pedía la persona que instó el pleito, vecina del edificio en cuestión. Pero sí estableció que el Ayuntamiento debe indemnizarla. Por ahora no ha trascendido si las partes han llegado a un acuerdo.
La juez también requiere, en relación al edificio de la calle Darrera l’Església, el documento de concesión de la licencia de obras por la junta de gobierno del 24 de febrero de 2005 y el proyecto de urbanización de la calle, al que se comprometió el constructor, aprobado en otra junta de gobierno.
Cuando reciba esta documentación y la estudie, «resolverá acerca de la forma y modo en que ha de proseguir» la tramitación del expediente judicial, que por ahora sólo son diligencias previas.
Reseñar que la juez considera que el delito de malversación de caudales públicos que se imputa en la querella a Marigó ha prescrito por haber transcurrido más de tres años. Se trata del pago en 2007 de tres servicios en un restaurante, que se abonaron a través de una tarjeta de crédito municipal. Este gasto supuestamente se hizo sin que Marigó intervinese como alcalde.
Marigó confía en la Justicia y dice estar tranquilo
El alcalde Josep Marigó ha divulgado esta tarde un comunicado en el que manifiesta que no se le ha notificado el auto de la juez y que manifiesta «confianza y respeto en la justicia, como lo he demostrado a lo largo de estos últimos años, sin interferir en ninguno de los procesos de investigación abiertos por las denuncias que las mismas personas, Sr. Ridaura y Sr. Ramos, han presentado contra mí en la Oficina Antifraude de Cataluña y en la Fiscalía.
Marigó recuerda que el fiscal no ha visto por ahora «ninguna irregularidad en las acciones llevadas a cabo por los técnicos y por los políticos durante el mandato 2003-2007».
En otro párrafo, denuncia «la presión intolerable que está ejerciendo el Sr. Ridaura sobre mi persona y sobre mi familia y que, en mi opinión, es únicamente como revancha por la petición de apertura de un expediente informativo que hice el febrero de 2010, debido a los insultos e intento de agresión del Sr. Josep Ridaura hacia dos trabajadores municipales del área de Deportes, siendo regidor de Deportes el Sr. Anselm Ramos».
Por este asunto, Ridaura, según explica Marigó, presentó una «demanda judicial por su derecho al honor contra mi persona, que fue desestimada por el Juzgado (…) con la imposición expresa de las costas judiciales al Sr. Ridaura y fue ratificada, en su totalidad, por la Audiencia Provincial de Girona».
En otro párrafo subraya que «cualquier ciudadano tiene derecho a denunciar hechos que considere irregulares. Ahora bien, creo que en este caso los denunciantes, Sres. Ridaura y Ramos, no buscan la verdad de los temas denunciados sino que los mueve una obsesión enfermiza hacia mi persona y mi familia y el único que pretenden es menoscabar mi honorabilidad y la de mi familia con el objetivo de ‘acojonarme’ y ‘apartarme’ del proyecto político que llevo a cabo».
Por último, reitera que «independientemente de mi indignación, tengo la conciencia muy tranquila puesto que todas y cada una de las actuaciones que he llevado a cabo como alcalde de Blandas siempre han ido acompañadas de los informes técnicos que correspondían y se han hecho de acuerdo con la ley».