A partir del próximo lunes 26 de octubre, y hasta el 25 de noviembre, el Ayuntamiento de Blanes abrirá un plazo para la presentación de solicitudes para conceder ayudas sociales a familias con pocos recursos económicos. El objetivo es que puedan afrontar el pago del impuesto de bienes inmuebles (IBI) de 2020.
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La medida se ha aprobado en la junta de gobierno celebrada esta semana, y es un compromiso adoptado en la sesión plenaria del año pasado en que se aprobaron las ordenanzas de este año. Pueden optar a las ayudas todas las familias del municipio, incluidas las monoparentales, con recursos disponibles en una escala que se considera de especial protección o mínima para vivir en el municipio, y que tienen que afrontar el pago del IBI.
La ayuda para familias puede llegar a un máximo equivalente a la cuota total del impuesto que tienen que pagar, y se estudiarán los condicionantes de cada solicitud para saber de qué cantidad pueden beneficiarse. Inicialmente, se ha destinado una partida consignada con 180.000 euros de carácter no competitivo. Es decir, todas las familias que cumplan los requisitos recibirán la ayuda, aunque se supere este tope.
Podrán beneficiarse aquellas unidades familiares que paguen el IBI, ya sea como propietarios o como arrendatarios de su vivienda habitual. Una de las varias condiciones es que tengan ingresos anuales inferiores a 20.000 euros.
Para presentar las solicitudes a partir del próximo lunes se puede hacer telemáticamente con dos opciones: de manera directa en la sede electrónica del Ayuntamiento de Blanes, o bien con asistencia personalizada si se dispone de algún documento de identificación, previa solicitud de Cita Previa en el teléfono 972 358 260. También se puede hacer presencialmente en las dependencias de Promoción de la Ciudad, en la antigua Escuela Safa, ubicada en la Avenida de la Estación número 43, de 9 a 14 h , pidiendo cita previa en el teléfono referenciado: 972358260.
Requisitos para solicitar la subvención
El conjunto de miembros de la unidad familiar ha de cumplir cuatro de básicos: ser titulares -en concepto de propietario o llogater-, como máximo, de la vivienda habitual, de un aparcamiento y de un trastero. El valor catastral de este conjunto de inmuebles en ningún caso podrá superar los 50.000 euros.
Otros dos requisitos son ser titulares, como máximo, de un automóvil y una motocicleta o ciclomotor; y estar empadronados en el domicilio habitual al menos desde el 1 de enero hasta la fecha de solicitud de la subvención. Por último, también se pide que las familias estén al corriente de sus obligaciones con el Ayuntamiento de Blanes, es decir: que no sean morosos por deudas vencidas o en situación de incumplimiento de requerimientos administrativos.
La documentación que se debe adjuntar a la petición, mediante el modelo de instancia creado con este objetivo, deberá incluir como mínimo el nombre, apellidos y NIF del solicitante, así como de todos los miembros de la unidad familiar. Debe especificarse la petición concreta de la subvención, así como el extracto de los últimos 12 meses de la cuenta bancaria de la unidad familiar donde queden registrados los ingresos y gastos de todos sus miembros.
Se debe hacer una declaración responsable respecto al cumplimiento del resto de circunstancias que dan derecho a la percepción de la ayuda, así como una autorización expresa, en nombre propio y de todos los miembros de la unidad familiar, para que el Ayuntamiento verifique las circunstancias personales y económicas expresadas en la solicitud. Por último, en el caso de los inquilinos deben presentar la copia del contrato donde conste que el IBI va a su cargo, y se hará constar el número de cuenta bancaria donde el Ayuntamiento debe ingresar la ayuda.